Concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del programa de acción comunitario "La juventud en acción", del Instituto de la Juventud
Miércoles, 13 de Enero de 2010 17:00
Serán objeto de ayuda las siguientes acciones, de entre las establecidas por la decisión n.º 1719/2006/CE del Parlamento y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006. a) Acción 1, «La juventud con Europa», que apoya las siguientes Sub-acciones: Sub-acción 1.1, «Intercambios juveniles», que ofrecen a grupos de jóvenes de diferentes países la posibilidad de encontrarse y conocer mejor sus culturas respectivas. Sub-acción 1.2, «Iniciativas juveniles», que ofrecen apoyo a proyectos de grupos diseñados a nivel local, regional y nacional, así como los proyectos en red similares entre diferentes países, con el fin de reforzar el aspecto europeo y de ampliar la cooperación y el intercambio de experiencias entre jóvenes. Sub-acción 1.3, «Proyectos de democracia participativa», que apoyan la participación de jóvenes en la vida democrática de su comunidad local, regional o nacional, y a nivel internacional. b) Acción 2, «Servicio voluntario europeo», cuyo objetivo es fomentar la participación de jóvenes en distintas formas de actividades de voluntariado, dentro y fuera de la UE. c) Acción 3, «La juventud en el mundo», que respalda la siguiente sub-acción Sub-acción 3.1, «Cooperación con los países vecinos de la Unión Europea», que apoya dos tipos de proyectos con los países vecinos asociados: intercambios juveniles y proyectos de formación y en red en el ámbito de la juventud. d) Acción 4, «Sistemas de apoyo a la juventud», que respalda la siguiente sub-acción: Sub-acción 4.3, «Formación y proyectos en red de trabajadores juveniles y organizaciones juveniles», que respalda las actividades de formación de trabajadores juveniles en activo y organizaciones juveniles, en especial, el intercambio de experiencias, conocimientos y buenas prácticas, así como actividades que puedan conducir a proyectos de calidad de larga duración, asociaciones y proyectos en red. e) Acción 5, «Apoyo a la cooperación europea en el ámbito de la juventud», que respalda la siguiente sub-acción: Sub-acción 5.1, «Encuentros de jóvenes y responsables de políticas de juventud», que respalda la cooperación, la celebración de seminarios y el diálogo estructurado entre jóvenes, trabajadores juveniles y responsables de políticas de juventud. El programa «La juventud en acción», que tiene por objeto desarrollar la cooperación en el ámbito de la juventud en la Unión Europea, ha quedado establecido mediante la decisión número 1719/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006 (publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea» el día 24), así como por la guía del programa, que establece los mecanismos para su organización. Por su parte, y dentro del ámbito nacional, el artículo 6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que trata del régimen jurídico de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea, dispone que tales subvenciones se regirán por las normas comunitarias, teniendo aquella Ley carácter supletorio; en términos similares se manifiesta el artículo 7 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de dicha Ley. El Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de la Juventud, determina que entre las funciones que tiene atribuidas figura la del intercambio de jóvenes a nivel internacional, así como la participación del asociacionismo juvenil en movimientos asociativos europeos, el fomento de las relaciones y la cooperación internacional en materia de juventud y, en general, la ejecución de las políticas del Departamento en materia de juventud. El Real Decreto 1135/2008, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, dispone en su artículo 1.5 que el Instituto de la Juventud queda adscrito a la persona titular del Departamento.Convocante:Ministerio de IgualdadPlazo:El plazo de presentación de solicitudes será el establecido por el programa «La Juventud en acción» para cada una de los procesos de selección (denominados «rondas»), si bien para cada convocatoria anual se señalarán específicamente las que serán de aplicación: Para procesos que empiezan entre el 1 mayo y el 30 septiembre, el plazo límite es el 1 de febrero. Para procesos que empiezan entre el 1 julio y el 30 noviembre, el plazo límite es el 1 de abril. Para procesos que empiezan entre el 1 septiembre y el 31 enero, el plazo límite es el 1 de junio. Para procesos que empiezan entre: 1 diciembre y 30 abril, el plazo límite es el 1 de septiembre. Para procesos que empiezan entre el 1 febrero y el 31 julio, el plazo límite es el 1 de noviembre.

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