Subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón |
Lunes, 22 de Febrero de 2010 17:00 |
Objeto
Es objeto de la presente Orden convocar, para el año 2010, las subvenciones a la actividad investigadora realizada por los grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como establecer las reglas para el reconocimiento de nuevos grupos de investigación.
Las subvenciones se regirán por esta convocatoria y por lo previsto en el Decreto 188/2008, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, sociedad de la información y enseñanza superior, modificado por el Decreto 211/2009, de 1 de diciembre, y en el resto de la normativa estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Actuaciones subvencionables.
Las subvenciones previstas en esta Orden se destinarán a financiar la actividad investigadora realizada en el año 2010 por los centros u organismos de investigación a través de los grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Se considerarán gastos subvencionables aquellos que respondan a la actividad investigadora de los citados grupos de investigación y que deriven de los siguientes conceptos:
- Comercialización y protección de resultados.
- Personal técnico y auxiliar de investigación.
- Costes de participación y cooperación en proyectos de investigación con otros grupos.
- Gastos derivados del uso de instalaciones o servicios de soporte.
- Material fungible.
- Pequeño material inventariable, entendiéndose como tal el material que tenga un coste unitario inferior a 2.500 euros.
- Viajes y dietas relacionadas directamente con la actividad del grupo de investigación.
- Gastos derivados de la publicación de resultados.
- Otros gastos corrientes, debidamente justificados, relacionados directamente con la actividad de investigación, como por ejemplo gastos derivados de servicios externos de preparación y presentación de propuestas de proyectos de investigación a programas internacionales o a programas nacionales de gran envergadura.
No serán susceptibles de ayuda las retribuciones de personal fijo vinculado funcionarial o contractualmente a los centros solicitantes.Convocante:Gobierno de Aragón. Departamento de Ciencia, Tecnología y UniversidadPlazo:Hasta el 9 de marzo de 2010 Leer más:
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