Becas de formación del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas |
Jueves, 22 de Abril de 2010 17:00 |
El Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA), organismo público de investigación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría de Estado de Defensa, de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, especializado en la investigación y el desarrollo tecnológico aeroespacial, que tiene las funciones señaladas en el artículo 3.2 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 88/2001, de 2 de febrero.
Entre las funciones que el artículo 14 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, atribuye al citado Instituto, en cuanto organismo público de investigación, se encuentra el desarrollar los programas de formación de investigadores que el Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico le encomiende.
Por su parte, según el artículo 3.2 del Estatuto del INTA, aprobado por Real Decreto 88/2001, de 2 de febrero, corresponde al Instituto, entre otras funciones, la formación complementaria de los técnicos en aquellas materias en las que el Instituto mantenga niveles acreditados. Y en el artículo 24.2 del mencionado Estatuto se establece que el INTA podrá formar en sus instalaciones cuantos becarios se estimen oportunos, de acuerdo con sus disponibilidades y capacidad formativa, a través de becas predoctorales, postdoctorales y de formación, financiadas por los presupuestos del propio Instituto, o por fondos de programas nacionales, de la Unión Europea, de las Comunidades Autónomas o de otras entidades. La competencia para la concesión de las becas corresponde al Director general del INTA, conforme al artículo 12.2.l) del Estatuto del organismo.
El artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que en el ámbito de la Administración General del Estado, así como de los organismos públicos y restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de aquélla, los ministros correspondientes establecerán las oportunas bases reguladoras de la concesión de las subvenciones. Las citadas bases se aprobarán por orden ministerial, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y previo informe de los servicios jurídicos y de la Intervención Delegada correspondiente, y serán objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Conforme a lo expuesto en el párrafo anterior, la Orden DEF/307/2010, de 10 febrero, establece las bases reguladoras para la concesión de becas de formación y de ayudas para la formación de personal investigador por el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas»
Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 18 becas de formación destinadas a personas que se encuentren en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Ingeniero Técnico, siempre que hayan terminado sus estudios con posterioridad al 31 de diciembre de 2005.
Las titulaciones exigidas para cada una de las becas convocadas son las que se señalan en el anexo I de la presente convocatoria.
Las becas se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, libre concurrencia, igualdad de trato entre hombres y mujeres, y objetividad, en régimen de concurrencia competitiva y con limitación a las disponibilidades presupuestarias existentes.
La financiación de las becas convocadas por la presente Resolución, se efectuará con cargo al concepto presupuestario 14205464A480 del presupuesto de gastos del INTA por una cantidad máxima de 444.960 euros.Convocante:Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA)Plazo:El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". Leer más:
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